Se informa que a partir del 1 de diciembre de 2011, deben ingresar al Sistema Nacional Integrado de Salud los cónyuges o concubinos de los funcionarios beneficiarios del sistema, que no posean por sí mismos la cobertura médica del SNIS y tengan 2 o más hijos a cargo (menores de 18 años o mayores con discapacidad, propios o del cónyuge o concubino).
Vea aquí el comunicado al público:
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