El Servicio de Enseñanza de Grado informa que el Consejo de la Facultad aprobó —el 8 de octubre de 2014— los criterios para la gestión de solicitudes de los estudiantes de la Udelar para cursar unidades curriculares obligatorias y opcionales de las carreras de la Facultad, en carácter de electivas(*) en sus respectivas carreras.
De acuerdo a esos criterios,
- Se podrán admitir inscripciones por encima del cupo previsto siempre que las solicitudes no superen el 10% de ese cupo. En ningún caso el cupo adicional será mayor a 25 estudiantes. En unidades curriculares con cupo inferior a 50 se admitirán por lo menos 5 estudiantes.
- Cuando las solicitudes superen ese número, y se trate de estudiantes de otras carreras de la Facultad, será necesario el acuerdo entre las comisiones de carrera respectivas, que deberán consultar a los docentes responsables y hacer saber al Departamento de Administración de la Enseñanza las condiciones acordadas.
- Cuando las solicitudes superen ese número, y se trate de estudiantes de carreras de otros servicios, deberá gestionarse entre la comisión de carrera respectiva, decanato y el servicio correspondiente, un acuerdo de condiciones que se propondrá al Consejo de la Facultad.
(*) Refieren a la libre elección por parte del estudiante de cursos impartidos por otras carreras, de acuerdo con sus intereses y orientación de formación (CSE).