Patio recuerda la siguiente resolución del Consejo de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de la República, del día 22 de junio de 2016:
7.
(Exp. Nº 031130-001154-16) (Dist. Nº 729/16) – Visto: la propuesta elevada en relación a las medidas a adoptar para el cumplimiento de la Ley 18256;
Resuelve:
1. Realizar anualmente al inicio de los cursos una campaña de difusión de la Ley 18256 y el Decreto 284-2008, que obliga a las instituciones de enseñanza a mantener los ambientes 100% libres de humo, y en particular destacar las responsabilidades y las multas a las cuales la institución se ve expuesta. La campaña deberá incluir cartelería colocada en las puertas de ingreso a los locales de la FADU, y material de difusión para que sea entregado a los distintos actores en general y a quienes se encuentren fumando en particular.
2. Encomendar al Servicio de Comunicación y Publicaciones la implementación de la mencionada campaña.
3. Establecer que en caso de encontrarse una persona fumando, la Vigilancia de esta Facultad, deberá entregar el material impreso y solicitar la Cédula de Identidad o algún documento identificatorio.
4. Iniciar un procedimiento sumarial tendiente a determinar la falta en forma fehaciente, de tal forma de habilitar algún tipo de sanción para el o los infractores.
5. Establecer las siguientes sanciones:
-Para los estudiantes de la UdelaR, en caso de constatarse la falta, previo vista o sumario, suspender al estudiante por un período de examen y si reincide, suspender por dos períodos.
-Para los funcionarios docentes o no docentes, en caso de constatarse la falta, previo vista o sumario, aplicar una sanción de observación con anotación en el legajo y si reincide, aplicar una suspensión por dos días sin goce de sueldo, de manera de respetar los principios que rigen en materia disciplinaria.
11 votos – unanimidad de presentes.