Patio comparte Circular N° 25-20 del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, referido al acceso restrictivo a los edificios universitarios.
Para su conocimiento y demás efectos, cúmpleme comunicarle la Resolución N° 32 adoptada por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, en sesión ordinaria de fecha 12 de mayo de 2020:
Mantener criterios de acceso restrictivo a los edificios universitarios hasta el 31 de mayo próximo, sin perjuicio de que se podrán definir e instrumentar, progresiva y gradualmente, actividades laborales sobre la base de los siguientes puntos y siempre contemplando la seguridad sanitaria:
1 – Los Servicios Universitarios deberán asegurar el funcionamiento de áreas necesarias para mantener las actividades de investigación, extensión y los apoyos requeridos para desarrollar la función de enseñanza, así como actividades de gestión imprescindibles.
2 – En particular se encomienda a los Servicios determinar espacios para la conectividad de estudiantes con dificultades para mantener sus actividades a distancia y criterios para el uso de instalaciones de investigación que evita la discontinuidad y pérdidas irreversibles en esta materia.
3- Aquellas actividades que no resulte factible realizar a distancia y requieren trabajo presencial deberán implementarse asegurando criterios de limpieza y distancia física rigurosos, tal como se estableció desde el arranque.
4 – Trabajar junto con las asociaciones gremiales desde el Pro Rectorado de Gestión en la definición de un protocolo general para guiar el trabajo presencial.
5 – Las Sedes de Artigas, Rivera y Treinta y Tres deben mantener actividades imprescindibles.
Tal como se informa en este mismo boletín, la FADU se encuentra trabajando en las pautas para un retorno progresivo de las actividades en Sede Central.