Comunicado Departamento de Personal

Premio Retiro funcionarios TAS 2025

El Departamento de Personal comparte la resolución N°2 adoptada por el Consejo Delegado de Gestión en ejercicio de atribuciones delegadas, en sesión de fecha 16 de junio de 2025, referida al Premio Retiro funcionarios TAS 2025:

Circular N° 2-25-CDG
Exp.: 012011-000005-25

Atento a lo propuesto por el Prorrectorado de Gestión, antecedentes que lucen en el distribuido N° 1017.25.

1. Reiterar para el ejercicio 2025 la concesión del Premio Retiro, otorgado por la resolución Nº 7 dictada por el Consejo Directivo Central en sesión de 25.11.14 y reiterada por el Consejo Delegado de Gestión (Res. Nº 3 de 23.03.15, Nº 1 de 27.06.16, N° 9 de 11.07.17, N° 64 de 06.08.18, N° 1 de 20.05.19. N° 1 de 27.07.20, N° 83 de 24.05.21, N° 130 de 06.06.22 y N° 57 de 27.02.23, N.º 1 de 10/06/2024), el que se actualizará de acuerdo a la variación del IPC, al 01/01/2025 el importe actualizado del referido concepto asciende a $ 232.094. Este beneficio tendrá las siguientes características:

a. Se concede el premio retiro a los funcionarios TAS que al momento de su jubilación tengan 63 o más años de edad, y hayan cumplido 10 años de servicios TAS en la Universidad de la República. A los efectos del cómputo de esta antigüedad se tendrán en cuenta los años de desempeño del funcionario en los Servicios que han sido absorbidos por la Universidad de la República, desde el resto de la Administración Pública.

b. La renuncia para acogerse a la jubilación deberá haberse presentado, aceptado y efectivizado entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025 y la fecha efectiva de cese sea dentro del año civil 2025. El mencionado premio retiro se liquidará una vez producida la desvinculación del funcionario y sin mediar más trámite que cumplir las condiciones establecidas de edad y antigüedad.

2. Extender para el ejercicio 2025 el Premio Retiro, otorgado inicialmente por la Resolución Nº 7 del Consejo Directivo Central en sesión de 25.11.14, actualizado de acuerdo a la variación del IPC al 01/01/2025, (el importe actualizado del referido concepto asciende a $ 232.094.-), a los funcionarios que presenten incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo, conforme al BPS y que se desvinculen en este ejercicio para acogerse a la jubilación por incapacidad total.

A estos funcionarios no se les aplicará los requisitos previstos en el numeral anterior respecto a la edad, años de servicio.

3. Establecer que ninguno de los criterios aprobados por los numerales anteriores sienta precedentes para futuras concesiones.