El Departamento de Personal comparte resolución N°1 adoptada por el Consejo Delegado de Gestión de la Universidad de la República, en sesión de fecha 10 de junio de 2024, referida al Premio Retiro funcionarios TAS 2024:
Circular N° 3-24-CDG
Exp.: 001010-000037-24
Atento a lo propuesto por el Prorrectorado de Gestión, antecedentes que lucen en el distribuido N° 1030.24:
1. Reiterar para el ejercicio 2024 la concesión del Premio Retiro, otorgado por la resolución Nº7 dictada por el Consejo Directivo Central en sesión de 25.11.14 y reiterada por el Consejo Delegado de Gestión (Res. Nº3 de 23.03.15, Nº1 de 27.06.16, N°9 de 11.07.17, N°64 de 06.08.18, N°1 de 20.05.19. N°1 de 27.07.20, N°83 de 24.05.21, N°130 de 06.06.22 y N°57 de 27.02.23) el que se actualizará de acuerdo a la variación del IPC al 01/01/2024 (el importe actualizado del referido concepto asciende a $ 220.015).
Este beneficio tendrá las siguientes características:
a. Se concede el premio retiro a los funcionarios TAS que al 31 de diciembre de 2024, tengan 63 o más años de edad y hayan cumplido 10 años de servicios TAS en la Universidad de la República. A los efectos del cómputo de esta antigüedad se tendrán en cuenta los años de desempeño del funcionario en los Servicios que han sido absorbidos por la Universidad de la República, desde el resto de la Administración Pública.
b. La renuncia para acogerse a la jubilación deberá haberse presentado entre el 1º de enero de 2024 y el 31 de octubre de 2024 y estar en condiciones de ser aceptada por las correspondientes autoridades al 31 de diciembre de 2024. Este plazo podrá extenderse y comprender el período 1° de noviembre de 2023 y 31 de octubre de 2024, para aquellos casos cuyo trámite jubilatorio aún está en curso.
c. El derecho al cobro del Premio Retiro se generará una vez operado el cese efectivo en el transcurso de los ejercicios 2024 y 2025.
2. Extender para el ejercicio 2024 el Premio Retiro, otorgado inicialmente por la Resolución Nº 7 del Consejo Directivo Central en sesión de 25.11.14, actualizado de acuerdo a la variación del IPC al 01/01/2024, (el importe actualizado del referido concepto asciende a $ 220.015), a los funcionarios que presenten incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo, conforme al BPS y que renuncien en este ejercicio para acogerse a la jubilación por incapacidad total. A estos funcionarios no se les aplicará los requisitos previstos en el numeral anterior respecto a la edad, años de servicio y límite fijado para la presentación del escrito de renuncia.
3. Establecer que ninguno de los criterios aprobados por los numerales anteriores sienta precedentes para futuras concesiones.
4. Si los postulantes que se presentan superan el cupo de 150, se priorizará los presentados de acuerdo al numeral 2 anterior y luego en función de los de mayor edad, quedando limitado el beneficio otorgado por la presente resolución hasta dicho cupo.